Estatutos de ICOFORT, 2005
Comité Cientifico Internacional de ICOMOS, sobre Fortificaciones y Arquitectura Militar
I. Establecimiento
Artículo 1: Establecen al comité científico internacional de ICOMOS sobre las Fortificaciones y Patrimonio Militar (de aquí en adelante designados "el comité") de acuerdo con el artículo 14 del estatuto de ICOMOS (adoptado por la 5ta Asamblea General) y los principios de Eger para los comités científicos internacionales (adoptados por la 10ma Asamblea General).
El objetivo del comité
Artículo 2: El tema del estudio del comité incluye diversos objetivos conectados con los Fortificaciones históricas y el Patrimonio Militar, por ejemplo:
i Estructuras, incluyendo fortificaciones, (ciudades fortificadas incluyendo), trabajos de la ingeniería militar, arsenales, puertos, cuarteles, bases militares, campos de prueba, y otros enclaves y construcciones construidos y/o usados para los propósitos militares y defensivos.
ii Paisajes, incluyendo campos de batalla, de las instalaciones territoriales o costeras de la defensa y de los trabajos de la tierra, antiguo o recientes.
iii Monumentos conmemorativos, incluyendo los monumentos de la guerra, trofeos, cementerios, cenotaphs, y otros placas o marcas conmemorativas.
II. Misión
Artículo 3: Las misiones del comité científico sobre fortificaciones y patrimonio militar son:
- promover el conocimiento de los recursos, incluyendo sus valores históricos, arquitectónicos, artísticos y científicos, y animar la preservación y el mantenimiento de fortificaciones, las estructuras militares, el entorno paisajístico de fortaleza y otros objetos y sitios conectados con el patrimonio militar.
- Permanecer disponible para apoyar al ICOMOS para lograr su papel en el contexto de las convención (especialmente la convención de Patrimonio Mundial y la convención de Hague), además de lograr la cooperación con la UNESCO y otras organizaciones internacionales, y quedar disponibles a recibir mandatos del comité ejecutivo a ese efecto.
- para realizar estudios especializados y promover el uso en maestría profesional referentes a los problemas de la preservación de fortificaciones históricas y patrimonio militar.
- Perseguir activamente la cooperación internacional para la identificación, la protección y la preservación de las fortificaciones históricas y estructuras militar,
de paisajes militares y de sitios, otros monumentos del patrimonio militar, solamente o con la cooperación con:
I. Los comités científicos nacionales e internacionales de ICOMOS, especialmente con el respecto centrar las tareas y de las necesidades de ICOMOS de la división del patrimonio cultural de UNESCO's y del Patrimonio Mundial.
III. Alcances y Actividades
Artículo 4: Para satisfacer su misión, el Comité Científico Internacional sobre Fortificaciones y Patrimonio Militar del ICOMOS, emprenderán las actividades de los múltiplos que incluirán, pero no serán limitados a:
- Establecer los acoplamientos y las redes entre profesionales de la conservación, arquitectos, historiadores, arquitectos de paisaje, especialistas militares de la arquitectura, arqueólogos, especialistas de la grabación y del inventario, especialistas del patrimonio cultural y otros profesionales.
- Establezca la colaboración estrecha con los otros comités nacionales y los comités científicos internacionales de ICOMOS.
- Establezca los contactos con y entre las instituciones relevantes, las universidades, las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones del gobierno que se especializan en la investigación, preservación, conservación y gerencia de fortalecimientos históricos, las estructuras defensivas, los paisajes y los sitios de la fortaleza.
- Organice y anime la promoción y el intercambio de ideas, conocimiento, experiencia y los resultados de la investigación referentes a fortificaciones, recursos militares del paisaje del patrimonio y fortificación, sus valores, las posibilidades de su preservación, los métodos apropiados de la conservación, y los principios del mantenimiento apropiado.
- Recopile la información pertinente, para incluir la creación de una base de datos para los fortalecimientos históricos, la herencia y los paisajes militares y los sitios de la fortaleza que toma en la consideración las necesidades específicas de las varios regiones, tipos y condiciones geográficos. Cree la base de datos para los monumentos de las fortificaciones en peligro.
- Promueva el intercambio y la difusión del conocimiento sobre el patrimonio militar, por ejemplo publicaciones, conferencias internacionales, simposios, talleres, clases particulares prácticas y cursos especializados.
- Proporcione la maestría científica para proyectos específicos y para solucionar los problemas difíciles o complicados de la preservación y conservación que se relacionan con el patrimonio militar.
- Realice los estudios especializados en las ediciones profesionales a las cuales se refiere ICOMOS.
- Defina y adopte un programa científico de ICOMOS para la preservación de los fortificaciones históricas y del patrimonio militar, que reflejan necesidades mundiales y regionales en sitios y en la UNESCO.
- Organice las campañas; inicie los procesos para la protección de los fortificaciones valiosos, el patrimonio y los paisajes militares, e intentar iniciar los procedimientos para que esos monumentos estén inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO.
- Coopere de cerca con los expertos y los grupos de especialistas y ayude a ICOMOS en su trabajo y programas para satisfacer las obligaciones a la UNESCO y a la aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial con respecto al Patrimonio Mundial.
- Ayude a ICOMOS en la preparación y la puesta en práctica de las pautas para la inclusión de las bienes militares del Patrimonio en la Lista de Patrimonio Mundial en peligro y la lista del fortalecimiento de los monumentos militares de Patrimonio en riesgo.
- Coopere con los especialistas responsables de manejar los bienes patrimoniales, así como los ministerios de la defensa, de la OTAN, y de otras organizaciones regionales de la defensa, para promover en sus políticas y programas de las operaciones para la protección de la patrimonio militar, especialmente patrimonio militar en el riesgo.
- Someta un informe anual sobre sus actividades a la oficina de ICOMOS (secretaria general).
IV. Calidad de miembro, ejecutivo
Artículo 5: La calidad de miembro en el comité está abierta a todos los miembros de ICOMOS con el fondo profesional y la experiencia substancial en diversas esferas relacionadas con las fortificaciones históricas y el campo militar del patrimonio, y con las que deseen ganar tal experiencia.
Artículo 6: El comité tiene tres tipos de categorías de miembro:
- ME -Miembros expertos - número ilimitado por país. No tienen ningún límite de los términos del servicio. El comité en base de la experiencia probada y reconocida debe aceptarlos.
- MV-Miembros de voto - designados por los comités nacionales de sus listas de los miembros expertos, y el número de miembros esta limitado a uno por comité nacional, o por la oficina del comité. La oficina del comité aprobarán a los miembros de voto. Los miembros de votación eligen la dirección del comité y de otros consejos que gobiernan, según lo adoptado.
- MI-Miembros informantes - designados por los comités nacionales. Están sin la maestría necesitada para el experto y los miembros de votación, pero desean ganar conocimiento del comité.
Los miembros informantes, no votan y no tienen ningún límite del término.
Artículo 7: El comité toma sus decisiones por mayoría de votos de los miembros de votación presentes en la reunión. El presente en la reunión es también los miembros de votación ausentes que han dado poder a los actuales miembros de votación. Un miembro de votación no representará a más de dos miembros de votación ausentes. La votación se puede también emprender por correo, según lo decidido por la oficina del comité.
Artículo 8: Los miembros de votación el comité eligen la oficina a un término de la oficina de tres años. Los miembros de la oficina no deben servir más de tres períodos consecutivos en la misma posición de la oficina.
Artículo 9: La oficina del comité consiste en: Presidente, Dos Vice Presidentes, hasta seis coordinadores (uno por continente), según sea necesario.
Artículo 10: Una secretaría será mantenida para apoyar la administración del comité y para poner el programa del comité en ejecución.
El presidente puede designar a un secretario general para un término tal como es necesario. La secretaría será responsable permanentemente de archivar todo el material relacionado con las actividades, el programa y las elecciones del comité. Si se mueve la secretaría, los archivos del comité serán transferidos a la secretaría nueva.
Artículo 11: La oficina es responsable de bosquejar el programa científico del comité, para la cooperación con otros comités científicos de ICOMOS, para la cooperación con otras instituciones internacionales, la preparación de las reuniones de comité, la puesta en práctica de las decisiones del comité, la preparación del proceso de la elección y el informe anual.
Financiamiento
Artículo 12: Las actividades del comité serán financiadas por los fondos asignados por ICOMOS de su presupuesto anual, cuando están disponibles, o por los fondos obtenidos por el comité sobre su propia iniciativa, de fuentes internacionales y nacionales y a través de fondos de los regalos, de los legados, de las donaciones, de los contratos o de los patrocinios hacia el logro del objetivo del comité. El comité mantendrá a comité ejecutivo de ICOMOS informado de sus esfuerzos de financiamiento y fundraising, y coordina las actividades tales como dirigidas por él.
Artículo 13: Los miembros del comité son responsables de financiar su propia participación en las actividades del comité, especialmente su presencia en las reuniones, a menos que los fondos especiales se aseguren para estos propósitos en cualquier hora dada.
Idiomas
Artículo 14: Las idiomas oficiales del comité son inglesas y francesas. La comunicación dentro de las comunicaciones será la inglesa.
Misceláneo
Artículo 15: Cualquier revisión a estos estatutos será hecha de acuerdo con los estatutos de ICOMOS. El comité ejecutivo de ICOMOS arbitrará cualquier conflicto sobre la interpretación de los estatutos.
Artículo 16: Los estatutos entran en vigor sobre su aprobación por el comité ejecutivo de ICOMOS
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